En el marco de las ayudas estatales aprobadas por el gobierno central para el sector de los trabajadores autónomos con motivo de la pandemia por Covid-19, tras publicarse la semana pasada en el Boletín Oficial del Estado, (descarga BOE) han entrado en vigor las nuevas prestaciones extraordinarias cuyos aspectos más destacados os resumimos a continuación:
● Artículo 7.Derecho a la prestación de cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia.
→ Para solicitar la prestación de cese de actividad compatible el plazo se abre el 1 de Febrero del 2021. Si se solicita entre el 1 y el 21 de Febrero del 2021 computaría el mes entero.
Si se solicita después del 21 de Febrero del 2021 empezaría a contar al día siguiente de la solicitud. Esta prestación tendría validez hasta el 31 de Mayo del 2021.
→ Para acceder a la prestación habría que acreditar (en el supuesto caso de ser requeridos) una reducción de como mínimo el 50% de ingresos en el primer semestre del 2021 en comparación al segundo semestre del 2019. Tampoco pueden superarse los 7.980€ de rendimiento neto en dicho semestre.
→ Estar al día con las cuotas de autónomos y si se tienen trabajadores, deberá acreditarse el cumplimiento de todas las obligaciones laborales y de la seguridad social.
→ Se seguirá pagando la cuota de autónomos y las mutuas ingresaran el 50 % de la base de cotización más la cuota de autónomos. Los ingresos computables por cuenta ajena y propia no podrán superar el 2,2 veces el SMI. Y los salarios por cuenta ajena no superarán 1,25 veces el importe del SMI.
● Justificación/Revisión:
A partir del 1 de Septiembre del 2021.
→ Pueden solicitar permiso para acceder a los documentos necesarios para justificar.
→ Se puede renunciar en cualquier momento antes del 30 de Abril del 2021 (tendría efecto al mes siguiente de la comunicación)
→ Se puede devolver la prestación tanto por iniciativa propia como por solicitud de las entidades colaboradoras (mutuas). Si las mutuas solicitan la devolución de la cuantía sería sin recargo o interés siempre que se haga en el plazo estipulado. Si se sobrepasa el plazo tendría recargo y/o intereses.
Los que queráis solicitar las prestaciones estatales a las respectivas mutuas, enviad un correo electrónico a la asociación (asociacion@provincialtaxis.es) indicando vuestra voluntad de pedir la prestación, vuestro número de licencia, nombre completo, número de teléfono en el que se os pueda localizar fácilmente e (importante) el número de hijos a vuestro cargo acompañado de sus nombres completos, fechas de nacimiento, números de DNI o incluso mejor una copia de los DNI adjunta al correo que enviéis (valdrían fotos del DNi por ambos lados siempre que se distingan correctamente).
Posteriormente tendríais que pasar por oficinas cuando se os diese aviso para firmar una autorización.